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Carteras

Traspaso de Carteras

Formulario

Intercambio Riesgo Crédito por Futuros

El intercambio de riesgo crédito por futuros es una operación donde simultáneamente se dan dos operaciones:

Una operación que cancela un compromiso bilateral en un mercado Spot, forward u OTC que las partes involucradas mantenían mutuamente.

Otra operación que implica la apertura para ambas partes de una posición de futuros relacionada al compromiso que poseían bilateralmente.

Dichas operaciones no son ejecutadas en la pantalla de un mercado, sino reportadas y registradas en Argentina Clearing y Registro S.A. a través de un acuerdo privado.

Servicio de Registración OTC A3

A3 Mercados pone a disposición de sus participantes los servicios relacionados a la operatoria OTC (Over The Counter) de operaciones no estandarizados realizadas bilateralmente fuera del ámbito de negociación del Mercado, en dos modalidades:

Servicio Básico
  • Disponible para cualquier usuario
  • Utilización a través de Trade Repository (TR)
  • Sobre cualquier activo (Forwards, Swaps y otros contratos sobre Commodities, Monedas, Índices, Tasas, Títulos Públicos)
  • Incluye integración fiscal RG 830
Servicio Plus
  • Disponible para ALyCs y ANs(*)
  • Utilización través de AP5 y API BO
  • Exclusivamente para operaciones sobre productos agropecuarios como Soja, Maíz y Trigo y sobre productos financieros Moneda, específicamente sobre moneda Dólar
Incluye:
  • Integración fiscal RG830
  • Valuación diaria
  • Reportes contables
  • Neteo con Futuro
Links Utiles
Servicio Básico
Servicio Plus

(*)Podrán actuar como Registrantes OTC A3 y acceder a los servicios brindados por ACyRSA los siguientes sujetos:

  • Agentes registrados ante CNV que soliciten acceder a los servicios de clearing y registro OTC A3, ya sea para Cartera Propia o de Terceros.
  • Personas humanas o jurídicas que se encuadren dentro de la figura de Inversor Calificado.

Asimismo, también podrán participar como registrantes:

  • Cualquier persona humana o jurídica que no se encuentre bajo competencia de la Comisión podrá registrar la celebración, liquidación final y rescisión de los contratos de derivados y pases concertados en forma bilateral fuera de mercados autorizados -Sujetos alcanzados por el artículo 10 bis del Capítulo V, del Título VI de las Normas de la CNV (TO 2013).
  • Las Plataformas de Registro Digital de Comercialización Privada.

Los Registrantes que deseen acceder a los servicios ofrecidos por ACyRSA, deberán solicitar y enviar a atencionalcliente@a3mercados.com.ar los formularios requeridos.